Sepa qué empresas se pueden acoger a este sistema:

Conozca los requisitos para acceder al portal de empresas en un día

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El Registro de Empresas y Sociedades es un registro electrónico creado por la ley 20.659, a través del cual se instaura un Régimen Simplificado que permite, con mayor simplicidad y sin costo, constituir, modificar, transformar, dividir, fusionar, y disolver personas jurídicas (empresas), que se puede acceder desde http://www.tuempresaenundia.cl/ o www.registroempresas.cl.

El Registro es único, rige en todo el territorio de la República, es público, gratuito y es administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. En este Régimen Simplificado es posible constituir formalmente una empresa conectándose al sitio web www.registroempresas.cl e ingresando los datos de la Sociedad y de los Socios, en un formulario electrónico dispuesto para ello (el sitio web conduce amistosamente al usuario y recomienda cláusulas frecuentes). Luego de ingresado los datos, se debe firmar este formulario. Existen 2 formas de firmarlo:

  • Si todos los socios poseen Firma Electrónica Avanzada (FEA), podrán firmar directamente el formulario y la empresa quedará inmediatamente constituida y con Rut asignado en ese mismo acto.
  • Si los socios no cuentan con FEA, pueden ir a una notarianotaría con un Número de Atención que les asignará el sitio web y podrán suscribir con sus firmas manuscritas ante el notario, luego de lo cual éste procederá a firmar electrónicamente con su FEA el formulario electrónico. En este último caso la sociedad también quedará constituida y con Rut asignado.

Requisitos generales

1) Registrarse previamente en el sitio. Cualquier persona puede registrarse e ingresar datos en los formularios, no obstante sólo los socios podrán firmar dichos formularios. Para registrase se debe tener la cédula de identidad a la vista e introducir los datos como allí aparezcan. Si desea registrarse ahora, haga click aquí.

2) Poseer Firma Electrónica Avanzada. Los socios deben contar con Firma Electrónica Avanzada (FEA) para firmar los formularios. Si no cuentan con una, pueden adquirirla con alguno los Proveedores Acreditados: Acepta, www.acepta.com; E-Sign, www.e-sign.cl; E-Cert, www.e-certchile.cl

3) Si los socios no cuentan con FEA, pueden igualmente usar el sistema. Si al momento de firmar, los socios no cuentan con Firma Electrónica Avanzada, deberán anotar el “N° de Atención” y presentarlo ante un Notario. El Notario deberá descargar e imprimir un documento preparado por el sistema, el que deberá ser suscrito por los socios con sus firmas manuscritas. Luego de ello, el Notario procederá a firmar con su Firma Electrónica Avanzada el formulario respectivo.

Requisitos especiales

Cada trámite puede contener requisitos especiales, los que se indicarán en la pestaña “Requisitos” al interior de cada Actuación, y que en general han sido establecidos en las leyes vigentes. A modo de ejemplo, para Disolver una sociedad deberá haberse cursado previamente el “Término de Giro” ante el Servicio de Impuestos Internos.

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